Acerca de la CNT

¿Qué es el modelo dual de representación de los y las trabajadoras?

La Constitución Española y la legislación laboral permite la coexistencia de dos modelos de representación de los y las trabajadoras: la representación sindical y la representación unitaria.

  • La representación unitaria es la que se constituye tras celebrarse un proceso electoral (elecciones sindicales) y en el que se elige a los delegados de personal o comité de empresa, dependiendo del nº de personas empleadas en la empresa.
  • La representación sindical es la que constituyen los propios trabajadores y trabajadoras afiliadas a un sindicato mediante Secciones Sindicales, sin depender del nº de personas empleadas en la empresa y sin necesidad de un proceso electoral.

Por tanto, los dos modelos tienen toda la cobertura legal necesaria para poder desempeñar su actividad sindical. Aunque las Secciones Sindicales emanan directamente del derecho fundamental a la libertad sindical y tienen una protección jurídica superior a la de los Comités de Empresa, que se regulan por la ley ordinaria del Estatuto de los Trabajadores.